¿Para qué sirve un PTI?
Las orientaciones del informe son la base para elaborar el PTI. O deberían serlo, aunque no siempre lo son. Desafortunadamente ambos, orientaciones y PTI, al depender de profesionales diferentes, se desarrollan unas al margen de las otras, como si se tratara de cuestiones independientes.
Hablaremos en esta sección de modelos oficiales, oficiosos y de propuestas derivadas de la práctica del profesorado. A veces en ellos también está presente la intervención de los SEO, pero no en la mayoría. Esta falta de coherencia formal y de contenido, entre orientaciones y PTI, además de deberse a la diferencia de profesionales responsables, y posiblemente más aun que por esta causa, se debe a la inhibición consciente de los OE y a la falta de cultura de colaboración entre el profesorado y los SEO.
Evidentemente no me refiero a un incumplimiento de funciones, sino a la ausencia de cultura de trabajo compartido para elaborar planes de intervención, como es el caso del PTI. En esto incluyo también la (falta de) colaboración de los SEO con profesorado especializado de apoyo, lo cual es aun más grave, dado que SEO y PT y AL forman conforman el núcleo principal de la Unidad de Orientación.
Dado el papel destacado que juega este profesorado en la elaboración de los PTI, unas veces como responsables reales de su elaboración, otras por su especial implicación como asesores del profesor-tutor (responsable legal de la elaboración de los PTI, no se nos olvide), una buena colaboración OE-PT (o AL, pero más efectiva la primera) podría ayudar, y mucho, a que entre los PTI y las orientaciones hubiera la solución de continuidad que sería de esperar. Si esto no se da (o o se da suficientemente) es responsabilidad de todos. Y a todos competen dar solución a este problema.
Por una parte, no es de extrañar que el profesorado considere que las orientaciones de los informes aportan poco o nada, en todo caso menos de lo que deberían a la concreción de los PTI. Tampoco lo es que los SEO tiendan a desentenderse de los PTI, dado que ni son su responsabilidad profesional, ni nada en la norma (y menos en las formulaciones "oficiales" u "oficiosas") indica que a la Administración se preocupe establecer esa continuidad y favorecer que las orientaciones se conviertan en (o ayuden a desarrollar) medidas prácticas de intervención educativa.
En todo caso, lo cierto es que necesitamos replantearnos, uno y otros por separado, pero sobre todo juntos, la relación y corresponsabilidad conjunta en hacer posible lo que la teoría reclama como necesario: la coherencia y continuidad entre la evaluación (psicopedagógica) y la intervención (educativa de apoyo) que se concreta como PTI.
Desde esta perspectiva, que es la que se defiende en este blog, un PTI es un documento que sirve para concretar la convergencia de la planificación curricular general y las orientaciones planteadas como resultado de la evaluación psicopedagógica en un programa individualizado de intervención educativa. Incluyendo los reajustes que esto implique en ambos sentidos.
Por todo lo anterior, dada la naturaleza de este blog, el objetivo del tratamiento de esta temática en esta sección del blog será el desarrollo de propuestas de automatización de la elaboración del documento PTI desde un planteamiento de coherencia entre el informe->Orientaciones y los planteamientos que recoja el Plan de Trabajo Individual (PTI).


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